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Por: Pedro Julio Castro Pulecio
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Es lamentable hoy en día que la policía de tránsito en
nuestro hermoso municipio, venga persiguiendo a sus habitantes y visitantes
quitando los vehículos en el PARQUE y llevándolos a los patios bajo pretexto de
ABANDONO del vehículo mientras usted deja su vehículo para entrar al banco, dar
un vuelto al parque, entrar al supermercado, a la iglesia, realizar una
diligencia en la Alcaldía, etc. De la misma manera castigaron a las personas
que estuvieron en la posesión de nuestro Alcalde Electo JULIAN MORA PINEDA,
llevando los vehículos a los patios para después tener un arreglo formal $$$$$$
Solicito al HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL y/o la ALCALDIA
MUNICIPAL, legistar y/o revisar el contrato de sobre este tema ya que la ley
769 de 2002 en su ARTÍCULO 127. DEL RETIRO DE VEHÍCULOS MAL ESTACIONADOS. La
autoridad de tránsito, podrá bloquear o retirar con grúa o cualquier otro medio
idóneo los vehículos que se encuentren estacionados irregularmente en zonas
prohibidas, o bloqueando alguna vía pública o abandonados en áreas destinadas
al espacio público, sin la presencia del conductor o responsable del vehículo;
si este último se encuentra en el sitio, únicamente habrá lugar a la imposición
del comparendo y a la orden de movilizar el vehículo. En el evento en que haya lugar
al retiro del vehículo, éste será conducido a un parqueadero autorizado y los
costos de la grúa y el parqueadero correrán a cargo del conductor o propietario
del vehículo, incluyendo la sanción pertinente.
La Corte mediante Sentencia C-361 de julio 7 de 2016 dice
que:
La Corte en su fallo, indica que el infractor no es
sancionado con base en haber abandonado el vehículo en un lugar permitido para
estacionar, sino por haber estacionado un vehículo en un lugar claramente
prohibido por la Ley o autoridad de tránsito competente. Es decir, "se
refiere a circunstancias en las que un vehículo está “mal estacionado” porque
se ubicó en una zona vedada, un área destinada al espacio público, que está
destinado al “uso común”, y por lo tanto debe ser protegida por el
Legislador". Lo cual es fundamental, ya que eso indica que, si dejamos un
vehículo abandonado en un lugar permitido para estacionar, el agente o policía
de tránsito no puede ordenar su bloqueo o que sea trasladado con grúa.
NO ESTA PROHIBIDO estacionar frente a la heladería de don
OVIDIO GARCIA, HOTEL NEVADO, solo está prohibido estacionar frente a la
Alcaldía y Bancos el resto es abuso de autoridad del Agente de Tránsito como
pasó en la posesión de nuestro Alcalde Julián Mora Pineda, lo cual lo vemos como
un saboteo a la POSESION por parte de la policía de Transito.
NO A LA PERSECUSIÓN DE PONAL DE TRANSITO EN TOCAIMA por
supuestos ABANDONOS DE VEHICULOS esto afecta al TURISMO EN NUESTRO MUNICIPIO y
a los habitantes del municipio.
Lamentamos el saboteo de ponal de Transito en la Posesión
del Alcalde
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